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Hola mis amigos. Espero sepan disculpar las molestias ocasionadas. Simplemente estamos haciendo cambios para hacer más placentera su visita; de todas fromas nuestra idea es hacer una página más formal, seguramente para fin de año la tengamos.
Por lo pronto nos refugiaremos aquí... cualquier cosa me avisan... abrazo grande...

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sábado, 17 de julio de 2010

Un nuevo capitulo se escribió entre semana del libro “Tarifaria del Gimnasio Municipal Juan Carlos Narvarte”.

Desde hace casi un año que la tarifaria del gimnasio se ha convertido en una verdadera piedra en el zapato, tanto para el Ejecutivo Municipal, como para los ediles de nuestro medio.

Como ya hemos expresados en otros oportunidades, el tema de fondo, el arancelamiento del gimnasio, divide a la sociedad Puertosantacruceña.

Hay quienes están de acuerdo en la postura del ejecutivo, la cual consiste en adaptar los valores del arancel a la actualidad; y están quienes lo ven como una medida descabellada y poco afortunada, más aún cuando se trata de un lugar de contención social de niños, jóvenes y adultos.

Concretamente, el ejecutivo, muy acorde a su política impositiva, lleva adelante desde hace largo tiempo una serie de ajustes no solo en éste ámbito, sino en tantos otros.
Como se sabe, el Intendente González prioriza enérgicamente la cuestión económica.
Esto le ha valido el reconocimiento público en los últimos días por parte del Jefe de Ministro de la provincia, Pablo González.

Por otra parte, como es lógico, no todo el mundo está de acuerdo con la política implementada, por el contrario, se conciben posturas antagónicas.
La postura del Ejecutivo es avalada por la gran mayoría de nuestra sociedad, de hecho es el actual intendente.

Por otra parte, un sector de los ediles, como representante de nuestra sociedad, también tiene el aval de un vasto sector social; por ende ambas posturas son por demás respetables.

Cuando se encara el tema desde una óptica estadística, ó matemática, se puede incurrir en un gran error, porque solamente el tiempo dirá si la final consecuencia de una u otra política, contrajo mayores o menores ventajas a nuestra sociedad.

Hay muchas formas de encarar el tema a la hora de las evaluaciones; no sé si Río Gallegos sea parámetro de comparación, ó cualquiera de los clubes privados de nuestro medio, ya que en uno u otro caso, son realidades diferentes.

Si al tema lo comparamos con otras localidades de la provincia, veremos que hay lugares a donde se cobra más, otros en donde se cobra menos, otros donde no se cobra; está todo muy relacionado al tipo de política que implementa cada poder Ejecutivo, más precisamente a la impronta que cada intendente le quiera dar a su gestión de gobierno; por supuesto que en el medio juegan distintas variantes.


Quizás las estadísticas si sean buenas para ver que franja de la sociedad acuden a cada una de las actividades, y con ello sí sacar algunas conclusiones.

También otro punto a plantearse, sería si considerar como tope a la infancia 10 ó 12 años de edad, ya que nuestra ley contempla como niños y adolescentes a las personas enmarcadas hasta los 18 años de edad; más a sabiendas (según estadísticas oficiales) que la franja de mayor riesgo, en cuanto al incio en la problemática de adicciones y deserción escolar, se produce entre los 14 y 18 años.

Por otra parte, la contención a las personas que sufran algún tipo de carencia, tendría que ser implementada en forma diferente a la existente (Socioeconómico); quizás habría que implementar un plan más integral por el cual no solo se contemple la carencia de dicha persona, sino que también la dignidad de la misma.

Finalmente el Ejecutivo Municipal vetó la ordenanza 176, la cual había sido aprobada en una de las últimas sesiones de éste año; la misma proponía la reducción de las tarifas (natatorio y salón) ya que consideraba que la ordenanza 160 del 2009 había sido mal interpretada por parte del Ejecutivo (la supuesta mala interpretación radica en el desdoblamiento del arancel entre natatorio y salón. Según algunos ediles en ningún momento se habló de desdoblar la tarifa. Recordemos que a raíz de la 160 el Ejecutivo elaboró un decreto por el cual estableció un doble arancel dividido entre salón y natatorio).

Hemos podido rescatar (extra oficialmente) el documento por el cual se veta la ordenanza N° 176, y con ello los duros considerando emitidos por parte del Ejecutivo Municipal contra el Cuerpo completo de concejales. A continuación reproducimos los fragmentos más destacados según nuestra óptica:

“Considerandos:

…. El Honorable Concejo Local, dispuso modificaciones al mismo [al proyecto original enviado por el Ejecutivo] dejando sin efecto en primer lugar la eximición del canon a los menores de 10 años; y en segundo lugar, proponía un arancel mínimamente superior y distinto según se trate del uso del salón o del natatorio.

Que dicha interpretación surge a las claras, teniendo a la vista que al momento de expresar las consideraciones que se tuvieron en cuenta, el Honorable Cuerpo manifestó expresamente que “… entendemos que resultará adecuado y oportuno distinguir las tarifas impuestas, según se trate del uso del natatorio ó del gimnasio…”

Que a luz de lo expresado no creemos que éste Ejecutivo haya realizado una interpretación incorrecta de la norma, de la forma en que fue remitida a este Ejecutivo.

Que en ese sentido, y a mayor abundancia, que si dicho cuerpo ha entendido que hubo una errónea interpretación de la norma, lo ha hecho manifiesto recién un año después de su puesta en vigencia….”

“Que saliendo de ésta encrucijada, resulta propicio analizar otros hechos en concreto y extremos que involucran la aplicación de la norma, sin que palabras sobren a saber: que la cantidad de usuarios del gimnasio se ha visto acrecentado notablemente conforme obra en las estadísticas que ya han sido publicadas.
Que la nueva tarifaria ha sido recibida por nuestros pobladores con gusto a la luz que ven reflejados los importes abonados en insumo para el desarrollo de las actividades con un nivel de excelencia.
Que así mismo, los importes recaudados no tienen relación con los gastos que irrogan el funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones, los que cuadriplican holgadamente los ingresos que reportan los aranceles recaudados. Ello demuestra el esfuerzo que realiza la comuna para otorgar en lo posible y a nuestros ciudadanos el mejor servicio en recreación y deporte.
Que los precios cuestionados infundadamente por el Honorable Cuerpo son accesibles a la gran mayoría de nuestros vecinos, y aquellos que no puedan solventarlos tiene la posibilidad cierta y concreta de pedir su eximición.
Que los cuestionados precios –hoy aceptados socialmente- están muy por debajo de lo que cualquier club privado puede ofrecer. En razón que nuestra localidad no tenemos precios comparativos, vale hacer un contra punto con la localidad de Río Gallegos donde el acceso a beneficios como los brindados por nuestro gimnasio municipal son varias veces superiores y sin la posibilidad que accedan personas carenciadas y de bajos recursos…..”

Finalmente el documento cierra de la siguiente manera: “Entendemos y compartimos el sentido social que se le quiere dar a la norma – aunque no algunas de las expresiones- pero los ediles deben entender también que dicho sentido esta dado en la norma cuestionada, con tarifas más que accesibles a los precios actuales y con beneficios más que importantes, que contemplan las carencias de algunos de nuestros vecinos.”

Ariel Aguirre.

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